FM en Transito
Así lo dictaminó una jueza federal de San Martín, a partir de una
presentación realizada por la Cooperativa de Trabajo para la
Comunicación Social Ltda., que gestiona FM En Transito 93.9
Así lo dictaminó una jueza federal de San Martín, a partir de una
presentación realizada por la Cooperativa de Trabajo para la
Comunicación Social Ltda., que gestiona FM En Transito 93.9
La Jueza Federal Martina Isabel Forns ordenó la suspensión inmediata de
los efectos de los Decretos 13/15, 236/15 y 267/15 dictados por el
Presidente de la Nación Argentina, a raíz de la medida cautelar
presentada por la Cooperativa de Trabajo para la Comunicación Social
Limitada que gestiona FM En tránsito 93.
El fallo, con fecha del 11 de enero de 2016, además de suspender los
decretos que modifican la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación
Audiovisual (LSCA), obliga al Poder Ejecutivo Nacional a presentar un
informe en el plazo de 3 días que fundamente sus medidas, de acuerdo a
lo previsto por el art. 4 de la ley 26.854 y el informe circunstanciado
establecido en el art.8 de la ley 16.986.
Para la jueza Forns del Juzgado Federal N°2 de San Martín “con el
dictado de los decretos se ha avanzado sobre las competencias del Poder
Legislativo y se ha violentado el artículo 165 de la Ley 26.522 de
Servicios de Comunicación Audiovisual”. En un documento de más de 30
páginas, la Jueza cita diversos aspectos del fallo de la Corte Suprema
de Justicia de la Nación (CSJN) que en 2013 declaró la plena
constitucionalidad de los artículos 41 y 45 de la LSCA y que en el
Decreto 267/15 son sustituidos. Además, considera que las
justificaciones de los tres Derechos de Necesidad y Urgencia (N°13/15
del 10/12/15, N°236/15 del 22/12/15 y el N°267/15 del 29/12/15) dictados
por el Poder Ejecutivo Nacional, no responden a “circunstancias de
excepcionalidad” como determina la Constitución. También cuestiona el
proceso de intervención de AFSCA (organismo de aplicación de la Ley) y
la disolución del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (COFECA),
entre las diversas cuestiones señaladas.
“La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual es una lucha de tres
décadas en la Argentina, impulsada por la sociedad civil, debatida en
todo el país, aprobada por el congreso y ratificada por la Corte Suprema
de Justicia de la Nación. Es una norma modelo en el mundo por promover
la pluralidad y diversidad. No se puede desconocer a todas las
instituciones y todos los procedimientos con el único fin de beneficiar
a los sectores concentrados de medios”, señaló Patricio Enciso Riveros,
presidente de la Cooperativa de Trabajo para la Comunicación Social Ltda.
* Acceda al documento completo del fallo AQUÍ:
No hay comentarios:
Publicar un comentario