Equipo de Comunicación MTM
El
tribunal de Mayor Riesgo A dictó 120 años de prisión inconmutables para
el coronel Esteelmer Francisco Reyes Girón y 240 años de prisión para el
comisionado militar Heriberto Valdéz Asig, acusados
de delitos de deberes contra la humanidad, violencia sexual, esclavitud
sexual y doméstica en contra de 11 mujeres q´eqchis, asesinato de tres
mujeres madres y sus dos hijas y de la desaparición forzada de siete
hombres (esposos de las mujeres sobrevivientes).
Los
juzgadores establecieron que Heriberto Valdez Asig es responsable del
delito de desaparición forzada de los señores Antonio Sub Coc, Manuel
Cac, Santiago Cac Bá, Pedro Cac Bá, Abelardo Coc,
Heriberto Choc y Juan Choc pues participó en su detención en forma
violenta y dichas personas nunca volvieron a aparecer encuadrando su
conducta en el delito de desaparición forzada, por lo que se le impuso
la pena de 30 años de prisión por cada una de las
desapariciones forzadas haciendo un total de 210 años de prisión
inconmutables.
Esteelmer
Francisco Reyes Girón es responsable como autoridad del delito de
asesinato cometido en contra de Dominga Coc y sus dos hijas, las niñas
Anita y Hermelinda Coc Set, por lo que se le
impuso la pena de 30 años de prisión por cada asesinato es decir 90
años de prisión inconmutables.
Tanto a
Reyes Girón como a Valdez Asig, el tribunal los señaló de responsables
como autoridades de delitos contra los deberes de la humanidad cometidos
en contra de la vida y la integridad de
la población de Sepur Zarco, especialmente de las señoras Rosa Tiul,
Candelaria Maaz, María Bá Caal, Manuela Bá, Felisa Cuc, Vicenta Col Pop,
Margarita Chub Choc, Cecilia Caal, Magdalena Pop, Carmen Xol Ical,
Demesia Yat, Dominga Coc. Y sus hijas Anita Set
Coc y Hermelinda Coc. Por tal delito se le impuso a cada acusado la
pena de 30 años de prisión inconmutables.
Los
juzgadores expresaron que creen firmemente que reconocer la verdad ayuda
a sanar las heridas del pasado y la aplicación de la justica es un
derecho que asiste a las víctimas. Haciendo conciencia
que el tipo de hechos no debe volver a repetirse.
Jassmin
Barrios presidenta del Tribunal de Mayor Riesgo A, al dar lectura a la
sentencia, dijo que la desaparición forzada es un delito que se proyecta
en el tiempo y en el espacio; se dice que
es forzada porque precisamente no existe voluntad de parte de la
víctima. Las víctimas eran campesinos que fueron separados de sus
hogares teniendo en común estar gestionando la tierra de sus
comunidades.
Al
señalar los delitos de deberes contra la humanidad dijo que el daño
ocasionado es de carácter irreparable, se dañó el tejido social de toda
una población y sus efectos son perceptibles para
toda la sociedad guatemalteca.
Asimismo,
señaló que el profanar el cuerpo de las mujeres también constituyó una
profanación para la comunidad y se convirtió a las mujeres en objetivo
de guerra para lograr la aniquilación de
quienes consideraban sus enemigos.
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